miércoles, 11 de septiembre de 2013

EL NUEVO CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR POLICIAL


Por Ley 28636 el Congreso delego facultades al Ejecutivo para que mediante Decreto Legislativo Nº 961 promulgue el nuevo Código de Justicia Militar de fecha 11 de enero 2006.

El Código en mención, puede apreciarse en el siguiente link:

El nuevo Código de Justicia Militar regula en su Título II, los denominados “Delitos contra las personas protegidas por el Derecho Internacional Humanitario perpetrados por personal militar o policial”, y que entre ellos señale a los delitos de genocidio y lesa humanidad (artículo 83 y siguientes); cuando el Tribunal Constitucional y las Cortes internacionales han sido claros en señalar que los delitos de lesa humanidad deben ser juzgados por el fuero ordinario y no por la justicia militar.



En este caso no se advierte cuál es el bien jurídico castrense que se estaría protegiendo con la tipificación del delito, requisito necesario, según el Tribunal Constitucional[1], para habilitar la justicia militar.

Razones obvias, que se ha mantenido vigente los cuestionamientos al actual Código de Justicia Militar Policial, tal como se puede apreciar en el siguiente link: 




[1] Expediente Nº 017-2003-AI/TC, del 16 de marzo de 2004.

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